¿Qué son los Incoterms?

Elegir y definir los incoterms en cada operación es fundamental para establecer las condiciones de negocio, ya que a través de ellos, se regula quién se encarga de asumir los costes y cuál es la responsabilidad de cada una de las partes durante las diferentes etapas del transporte de mercancías internacional.

En el lenguaje del comercio internacional los incoterms se refieren a las condiciones en las que se pacta un precio.

Los más usados son:

  • FOB (free on board): 

El vendedor se hace cargo de todos los gastos en origen hasta que la mercancía es cargada en el barco, el resto de gastos corren por cuenta del vendedor.

Ventaja: el vendedor no tiene que preocuparse de localizar transporte terrestre local ni de realizar las gestiones aduaneras locales.

Inconveniente: el comprador no tiene un control sobre los tiempos de tránsito locales para llegar a tiempo a poder cargar en el buque asignado.

  • EXW (ex-works o “en fábrica”): 

Mediante este incoterm el vendedor tan solo se hace cargo de la mercancía terminada y empaquetada en sus propias instalaciones.

Todos los costes derivados del traslado de las mercancías desde la fábrica en origen hasta su lugar de destino corren por cuenta del comprador 

Ventaja: el comprador es conocedor del 100% de los costes relacionados con la logística y además tiene más control sobre los tiempos de tránsito.

Inconveniente: los costes en origen (transporte hasta el puerto y documentación aduanera local) suelen ser mucho más bajos si el vendedor realiza esas gestiones. 

  • CIF (coste, seguro y flete):

El vendedor se hace cargo de todos los gastos hasta que el buque llega al puerto de destino.

Ventaja: el vendedor no se preocupa de las gestiones de la búsqueda de un buque, los riesgos de variaciones de fletes corren por cuenta del vendedor.

Inconveniente: el comprador tiene que estar seguro de que el vendedor ha asegurado las mercancías, hay muchas posibilidades de que los gastos en destino se multipliquen si la MBL no se ha rellenado con información concreta que no perjudique al comprador 

La recomendación general es que se realice FOB siempre que se pueda y además asegurarse de que en el momento en el que se pacta el precio de la operación el incoterm aparezca en la hoja de cotización o en la factura proforma aceptada.

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